La Xunta de Galicia ha publicado en el Diario Oficial de Galicia el pasado 28 de Abril, la Orden del 17 de abril de 2020 por la que se establecen medidas de flexibilidad para la impartición de acciones formativas financiadas por la Consellería de Economía, Empleo e Industria.
La Orden habilita la firma electrónica mediante captura de firma digitalizada o con datos biométricos en cualquier documento que necesite ser firmado, tanto por personal de la entidad de formación, como de personal docente o de alumnos.
La habilitación de la firma manuscrita biométrica se establece en el Artículo 7, del cual trasladamos traducción literal a continuación:
“Se permite la firma electrónica de las personas responsables de formación, personas formadoras y alumnado mediante captura de firma digitalizada o con datos biométricos en cualquiera de los documentos que precisen ser firmados, y que tendrá que estar asociada al correspondiente NIF o DNI.
El sistema de captura de firma digitalizada deberá garantizar en todo caso la autenticidad de los datos correspondientes a ella.
Se permitirá el uso de medios electrónicos para garantizar la asistencia de las personas participantes, siempre que quede debidamente acreditada la identidad de las personas firmantes y se reúnan los requisitos de seguridad jurídica exigidos en la normativa reguladora y en esta Orden.”
Sinatura es el sistema de firma electrónica basado en captura de firma digitalizada con datos biométricos perfecto como sistema de firma electrónica de documentos al amparo de la presente Orden, tanto por parte del personal responsable de la entidad de formación, como del personal docente y del alumnado.
Con Sinatura, los firmantes recibirán un correo electrónico con el documento a firmar, podrán revisarlo y firmarlo fácilmente y en segundos sobre la pantalla de sus dispositivos móviles de su propio puño y letra, sin tener que instalarse nada, ni disponer de ningún certificado electrónico.
Sinatura captará la imagen digitalizada y el conjunto de datos biométricos de la firma, así como información de todo el proceso de firma, como por ejemplo la fecha y hora del envío del documento, de la recepción, de la lectura y de la firma, información del dispositivo o información de geolocalización, y conformará un documento electrónico firmado que vincule al firmante con los datos firmados, tal y como establece la normativa europea y española.
La Orden, en su artículo primero, permite la solicitud del cambio de acciones formativas presenciales por las de teleformación, así como solicitar la impartición mediante aula virtual, de una parte o de toda la acción formativa presencial:
“Las entidades beneficiarias de las subvenciones enmarcadas en los procedimientos que se señalan en el punto 3, podrán solicitar el cambio de la modalidad presencial por la de teleformación para la impartición de acciones de formación profesional para el empleo, en los términos que se establecen en la presente Orden.”
Así mismo, las entidades beneficiarias de subvenciones para acciones formativas en la modalidad presencial podrán solicitar la impartición de una parte o de la totalidad de la correspondiente especialidad formativa mediante aula virtual, que seguirá teniendo la consideración de formación presencial.
Se establece la definición de Aula Virtual de la Orden TMS/369/2019, del 28 de marzo.
El Artículo 2 relata el conjunto de documentos, declaraciones responsables y acreditaciones necesarias para realizar la solicitud de cambio a teleformación o aula virtual. Debido a la extensión del artículo, remitimos al lector a la Orden.
Si tienes dudas de cómo Sinatura puede ayudarte con tus acciones formativas, puedes contactar con un miembro del equipo de Sinatura pulsando el siguiente botón.