Formación presencial con Aula Virtual en la Comunidad de Madrid

La Comunidad de Madrid ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del pasado 21 de Abril, la ORDEN de 17 de abril de 2020, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se establecen medidas extraordinarias para hacer frente al impacto del COVID-19 en materia de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, por la cual se permite ejecutar las acciones formativas presenciales mediante Aula Virtual.

El ámbito de aplicación de la Orden se circunscribe a:

“Las acciones de formación profesional para el empleo que se llevan a cabo en la Comunidad de Madrid, dirigidas a trabajadores desempleados y ocupados, en el marco de las convocatorias de subvenciones y de los contratos de servicios para la impartición de cursos en los Centros de Formación de Referencia Nacional enumerados en el apartado segundo de la Orden”

La consideración como formación presencial de la formación impartida mediante aula virtual se establece en el artículo Tercero:

“Exclusivamente durante la vigencia de la suspensión de la actividad formativa presencial, establecida por el artículo 3 de la Orden 344/2020 de 10 de marzo de la Consejería de Sanidad, tendrá la consideración de formación presencial, a los efectos previstos en las convocatorias de subvención y en los contratos de servicios enumerados en el apartado segundo, la formación que impartan las entidades públicas o privadas mediante la utilización de un “aula virtual”

El Artículo 5.1.b, obliga a acreditar la conformidad y disponibilidad por parte de los alumnos a participar en la modalidad de formación mediante Aula Virtual:

Las entidades de formación deberán acreditar la conformidad y la disponibilidad para participar en el aula virtual por parte de las personas participantes en las acciones formativas

La acreditación deberá realizarse mediante la firma por parte del alumno de la declaración responsable presente en el Anexo I o Anexo I BIS de la Orden.

Sinatura es la aplicación perfecta para la firma de la declaración responsable por parte del alumno, el cual no tendrá que imprimir ni escanear el documento, ni disponer de una certificado electrónico, simplemente recibirá un correo electrónico de Sinatura y firmará la declaración responsable de su puño y letra sobre la pantalla de su teléfono móvil o táblet. Un proceso de apenas unos pocos segundos.

El modelo de declaración responsable del Anexo I de la Orden dispone de casillas de selección o checkboxes para que el alumno manifieste expresamente su conformidad o disconformidad con las cláusulas. Sinatura dispone de la opción de envío de formularios a los alumnos, que tendrán que rellenar antes de su firma. En los formularios se pueden especificar tanto campos de texto como elementos de selección, tales como checkboxes o radio buttons, por lo que es la solución ideal para la firma de la declaración responsable por parte de los alumnos.

Adicionalmente, el Artículo 5.5 establece que:

“Se usarán medios electrónicos para garantizar la asistencia de los participantes siempre que quede debidamente acreditada su identidad y reúna los requisitos de seguridad jurídica exigidos en la presente Orden”

Por supuesto, puede usarse Sinatura para captar la firma de los partes de asistencia de los alumnos a cada sesión formativa.

El Artículo Sexto de la Orden establece las obligaciones de comunicación de información que deben cumplir los centros que inicien o reinicien las acciones de formación presencial mediante aula virtual.

Entre la documentación a remitir a la Subdirección General de Evaluación, Seguimiento y Control de la Dirección General de Formación, a través de SFOC y E-REG, se encuentran los modelos SEN-15, SEN-9, las fichas de los alumnos con inclusión de su DNI y titulación, las declaraciones responsables por parte de los centros que figuran en los Anexos II, III y IV de la Orden, y las declaraciones responsables de los alumnos, ya comentados con anterioridad en este artículo, y que deben ajustarse a los modelos del Anexo I o I Bis.

Por supuesto, todos esos documentos son susceptibles de ser firmados empleando la plataforma de firma manuscrita electrónica Sinatura, fácilmente y con total eficacia jurídica.

Si tienes dudas puedes contactar con un miembro del equipo de Sinatura pulsando el siguiente botón.