Sinatura – Prestador de Servicios de Certificación

La plataforma de firma biométrica de documentos Sinatura, es un prestador de servicios de certificación registrado en el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. Los servicios registrados son:

El registro está realizado a nombre de YNEEDS (www.yneeds.com), la compañía que ha desarrollado y comercializa la plataforma Sinatura.

 

Normativa aplicable

El Reglamento 910/2014 define los Servicios de Confianza, en su artículo 3, como:

 “El servicio electrónico prestado habitualmente a cambio de una remuneración, consistente en:

a) la creación, verificación y validación de firmas electrónicas, sellos electrónicos o sellos de tiempo electrónicos, servicios de entrega electrónica certificada y certificados relativos a estos servicios, o

b) la creación, verificación y validación de certificados para la autenticación de sitios web, o

c) la preservación de firmas, sellos o certificados electrónicos relativos a estos servicios;”,

y define en el mismo artículo a los Prestadores de Servicios de Confianza como “una persona física o jurídica que presta uno o más servicios electrónicos de confianza, bien como prestador cualificado o como prestador no cualificado de servicios electrónicos de confianza”.

El Artículo 19 establece que los:

“Requisitos de seguridad aplicables a los prestadores de servicios de confianza”,

en concreto, dicta que los Prestadores de Servicios de Confianza

“Adoptarán las medidas técnicas y organizativas adecuadas para gestionar los riesgos para la seguridad de los servicios de confianza que prestan. Habida cuenta de los últimos avances tecnológicos, dichas medidas garantizarán un nivel de seguridad proporcionado al grado de riesgo. En particular, se adoptarán medidas para evitar y reducir al mínimo el impacto de los incidentes de seguridad e informar a los interesados de los efectos negativos de cualquiera de tales incidentes.”

El Reglamento (UE) 910/2014 establece en su artículo 17 que

“Los Estados miembros designarán un organismo de supervisión establecido en su territorio o, previo acuerdo mutuo con otro Estado miembro, un organismo de supervisión establecido en otro Estado miembro. Dicho organismo será responsable de las funciones de supervisión en el Estado miembro que efectúa la designación”.

En España, el organismo de supervisión es, a fecha de elaboración del presente artículo, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

El Artículo 30 de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica, establece que:

 “1. Los prestadores de servicios de certificación, la entidad independiente de acreditación y los organismos de certificación tienen la obligación de facilitar al Ministerio de Ciencia y Tecnología toda la información y colaboración precisas para el ejercicio de sus funciones.

En particular, deberán permitir a sus agentes o al personal inspector el acceso a sus instalaciones y la consulta de cualquier documentación relevante para la inspección de que se trate, siendo de aplicación, en su caso, lo dispuesto en el artículo 8.5 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En sus inspecciones podrán ir acompañados de expertos o peritos en las materias sobre las que versen aquéllas.”

“2. Los prestadores de servicios de certificación deberán comunicar al Ministerio de Ciencia y Tecnología el inicio de su actividad, sus datos de identificación, incluyendo la identificación fiscal y registral, en su caso, los datos que permitan establecer comunicación con el prestador, incluidos el nombre de dominio de internet, los datos de atención al público, las características de los servicios que vayan a prestar, las certificaciones obtenidas para sus servicios y las certificaciones de los dispositivos que utilicen. Esta información deberá ser convenientemente actualizada por los prestadores y será objeto de publicación en la dirección de internet del citado ministerio con la finalidad de otorgarle la máxima difusión y conocimiento. ”

Los servicios de confianza prestados por la plataforma Sinatura han sido notificados al Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital, actualmente el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, el día 12 de noviembre de 2019.